"PRUEBAS PARA INFIDELIDAD SEGUN EL CODIGO NACIONAL VIGENTE"

En una sentencia de divorcio, en una Provincia del sur de Argentina. La justicia Argentina CONDENO a la mujer a indemnizar a su ex marido por el "daño moral" que le causó al haberle sido infiel, dado que ella fue vista a la salida de un hotel alojamiento con otro hombre, informaron hoy fuentes judiciales.
Los jueces de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería señalaron que la situación de la esposa saliendo de un hotel alojamiento con otra persona "truncó su proyecto de vida familiar" y constituyó "un atentado contra su honra", es desir contra (el esposo) que de la misma manera sucederia si fuera el esposo que fuera sorprendido saliendo de un motel con otra femenina que no sea su propia Esposa.

La demanda de divorcio la había iniciado la mujer por la causal de injurias graves, al argumentar que "su esposo la hizo blanco de todo tipo de calumnias e injurias, imputándole la calidad de infiel y haciendo comentarios agresivos tanto en público como ante el grupo familiar", según consta en los considerandos de la sentencia, publicada en el Diario Judicial.

El hombre rechazó las acusaciones y mediante su abogado denunció a su Esposa "Con Pruebas Fehacientes Obtenidas (que la misma era la Infiel) Ya que las pruebas demostraban claramente que ella salia del hotel con otra persona masculina que no era El. Tal es asi que ella argumentaba la injuria grave como hoy se denomina la INFIDELIDAD ya que la Infidelidad hoy dia no es causal de divorcio ya que no costituye falta alguna dentro del ceno del Matrimonio ni la Famila. Si Constituye la Injuria Grave cosa que la Esposa Denuncio Falsamente que el Hombre era el culpable de la Injuria (INFIDELIDAD) que se desenmascaro por Las pruebas contundentes que aporto el Esposo Obtenida Por una Investigacion Privada. Ese hecho que "se hizo público" y lo dejó "en una situación de escarnio público".

"La situación de encontrar a su esposa saliendo de un hotel alojamiento con otra persona es de por sí traumática". Ya que el presencio el Hecho y "el daño se potencia al publicar la noticia, máxime si tenemos en cuenta que el demandado se relacionaba en ámbitos con idiosincrasia conservadora", adujo en su defensa.
El hombre recibió "con gran estupor" la publicidad de la infidelidad de su esposa, lo que le causó "mucha vergüenza", además de "una lesión en su autoestima difícilmente reparable", subrayó su abogado.

En este marco, los jueces señalaron que "conforme a legislación actual el simple hecho de la infidelidad por sí sola no genera 'in re ipsa' (cosa evidente) un daño moral, ni tampoco se lo presume", sino que "el interés lesionado debe configurarse de manera relevante, para poder indemnizar, por lo cual, el daño debe verificarse a través de las pruebas producidas y Presentadas". Como Fotografias y Videos, Pruebas Unicas valederas que hoy dia Aceptan los Juzgados de familia y Comercial. Mas la testimonial del quien Obtiene las Pruebas.
Por mayoría, los jueces destacaron el informe psicológico y señalaron que "la infidelidad de su esposa ha ocasionado un menoscabo merecedor de daño moral, ya que se afectó un interés relevante para el ordenamiento jurídico".

Consideraron "acreditado el daño moral sufrido, a raíz del episodio de infidelidad", y concluyeron que esta situación "truncó su proyecto de vida familiar", y constituyó "un atentado contra su honra" , en referencia al marido.